Supermercado Lider condenado a indemnizar a cliente tras robo de auto en su estacionamiento en La Florida

Judicialmente, un supermercado fue responsabilizado por el robo de un vehículo en su estacionamiento, destacando la insuficiencia de medidas de seguridad en el recinto.

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Un tribunal civil en Santiago ordenó a la empresa Administradora de Supermercados Híper Limitada, conocida comercialmente como Lider, a indemnizar a un cliente con más de $7 millones tras el robo de un automóvil en uno de sus locales de La Florida.

El incidente ocurrió el 6 de mayo de 2021 en el supermercado Lider de Avenida Santa Amalia, en la comuna de La Florida. Un allegado del propietario utilizó un Hyundai Accent año 2012 para acudir al establecimiento, pero al salir de hacer sus compras encontró que el vehículo había sido sustraído del estacionamiento.

El afectado buscó la asistencia del equipo de seguridad del supermercado, quienes le informaron que el robo de autos es un problema frecuente en ese sector. Aconsejaron al cliente presentar una constancia ante las autoridades y formalizar sus reclamos correspondientes.

Ante esta situación, el dueño del vehículo decidió iniciar acciones legales contra la cadena supermercadista, acusando negligencia en la protección de los automóviles estacionados. Presentó una demanda civil exigiendo una indemnización de $7 millones por daño material y otros $7 millones por daño moral.

Defensa de Supermercados Lider

Por su parte, la defensa de Lider aseguró que cumplían con todas las medidas de seguridad requeridas por la normativa vigente. Además, argumentaron que el uso del estacionamiento es una obligación legal que no forma parte de la oferta comercial y atribuyeron el robo a terceros ajenos a la empresa.

Sentencia y fundamentos del tribunal

La magistrada Marcia Arce Ayub, del Noveno Juzgado Civil de Santiago, resolvió acoger la demanda pero únicamente en parte. El tribunal determinó que Lider no cumplió con su deber de seguridad hacia los clientes y fijó la indemnización en $7.000.000 por daño directo, correspondiente a la pérdida material del vehículo.

Respecto al daño moral, el fallo sólo reconoció un monto de $800.000 para el afectado. De este modo, la suma total que deberá pagar la compañía asciende a $7.800.000.

Concepto y alcance del daño moral

El tribunal profundizó en la definición de daño moral, estableciendo que se refiere a afectaciones al espíritu, ya sea por dolores físicos o psíquicos, afectación emocional, daño en relaciones familiares o pérdida de apoyos fundamentales. La sentencia subrayó que la acreditación del daño moral es más flexible que la del daño material, ya que no exige pruebas absolutas: basta con demostrar la existencia de un perjuicio y el tribunal evalúa el monto correspondiente.

El tribunal releva además que la indemnización por daño moral no repara por completo el dolor sufrido, sino que busca aliviar de forma material y espiritual el mal causado. De esta manera, reconoce la función paliativa y satisfactoria del resarcimiento económico en estos casos.